java.lang.NumberFormatException: For input string: "38946”>(Derogado por el Art. 1º del Decreto Nº 1803/95) <br/></a></strong><br/> Art. 6°.- En el Presupuesto General deben figurar todos los ingresos y egresos de la Municipalidad y de los organismos descentralizados. <br/><br/>Art. 7°.- Los recursos afectados en cumplimiento de ordenanzas especiales, se depositarán diariamente en el Banco Municipal de Rosario, en su cuenta específica ingresando a rentas generales lo que exceda del importe afectado. <br/><br/>Art. 8º.- (Sin reglamentación). <strong><a href="